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Referencia al "Habeas Data", un concepto bastante actual, [...]

       el cual es un derecho que tienen las personas, reconocido por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de la Carácter personal, mediante el que pueden pedir información sobre los datos que se encuentran en los bancos de datos (tanto pertenecientes a Administraciones Públicas como Entes privados), relativos a su persona. Se denomina derecho al Habeas Data, y los interesados pueden solicitar información, la eliminación o corrección de los datos. La presente Ley establece un procedimiento a seguir, el cual tiene su punto de partida en el Derecho de rectificación y cancelación (artículo 16). Tal rectificación o cancelación tendrá que llevarse a cabo en un plazo de diez días, si estamos ante datos inexactos o incompletos. Seguidamente habría un procedimiento de oposición, acceso rectificación o cancelación (artículo 17) y que se desarrollará reglamentariamente. En relación con la tutela de los derechos, la persona a la que se le deniegue su dere

Delimitar la esfera pública y la privada es inherente a la persona, lo que engloba la intimidad de una persona no tiene por qué ser la misma que la de otra.[...]

             Cada una establece sus propios límites, pero ellos no son excluyentes para que no se lleve a cabo una regulación jurídica que controle los mismos, y más con el cambio que se ha producido en las relaciones humanas, la información llega a más gente y en menos tiempo, lo que nos lleva a una constante circulación de datos personales. Teniendo presente que estamos en una sociedad global, con constantes cambios de ámbitos espaciales y materiales, se ha venido produciendo una evolución jurídica importante de la regulación de la materia del derecho fundamental a la intimidad, desde mi punto de vista centrado en tres elementos: -           La evolución del concepto de la intimidad de las personas. -           La privacidad, lo que se entiende por ella y su importancia actual.  -       Los datos personales, almacenamiento y tratamiento en bases informatizadas. -         

EL DERECHO A LA INTIMIDAD EN LA ACTUALIDAD. El Derecho fundamental a la intimidad ha sufrido un cambio respecto de lo que en un primer momento se estableció en el artículo 18 de la Constitución Española,[...]

 un tránsito temporal desde 1978 hasta el presente 2020. Han surgido nuevos problemas que demandan soluciones, ante lo que la Legislación ha ido dando nuevas soluciones ante los cambios en la manera de relacionarse de las personas en nuevos ámbitos espaciales y materiales. Actualmente las redes sociales, blogs en internet, mensajería usando las redes móviles, etc., hace que la información circule a una velocidad más alta que hace 40 años.   En determinados casos, se le ha dado poco valor a la vida privada, y no se le ha considerado lo suficientemente importante hasta que la persona sufre una intromisión que considera va en contra de su intimidad, y en ese momento es cuando se espera que la regulación jurídica nos ofrezca los mecanismos necesarios para darle solución a esa intromisión, y en determinados casos nos ayude a defendernos ante esa poca vigilancia que se ha tenido, con datos e imágenes que se han puesto o cedido en determinados lugares.   En el mundo virtual, con